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ENARGAS aprobó un protocolo de datos para las transportadoras

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Con el fin de mejorar la gestión de datos, el Ente Nacional Regulador del Gas estableció el requerimiento a las Licenciatarias de Transporte, a partir de un único Protocolo informático denominado “Datos de Operación y Estadísticas Licenciatarias de Transporte” (DOE-T).

El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó el protocolo de datos de operación y estadísticas que deben presentar las empresas transportadoras DOE-T, inherentes a la calidad del servicio de transporte del fluido, a través de la resolución 627/2019 publicada en el Boletín Oficial.

La misma instruyó a las licenciatarias de transporte a remitir al Enargas la información sobre recepciones y entregas de gas, dentro del plazo de 60 días corridos. También estableció que las transportadoras, durante un período de tres meses contados a partir del cumplimiento del plazo de 60 días, deberán remitir la información en paralelo por los medios que actualmente se encuentran vigentes y por el protocolo DOE-T, a los fines de comparar y analizar la consistencia de los datos remitidos por cada canal.

Transcurrido dicho plazo, la información será recibida conforme el protocolo DOE-T, discontinuando con los otros tipos de envíos.

Las licenciatarias deberán informar sobre el gas recibido de productores en el sistema de transporte por cuenca y gasoducto; el gas entregado por destino, la información relativa a Line Pack, el gas utilizado en consumo en combustible, pérdidas y no contabilizado. Además tendrán que remitir los datos de la devolución de gas combustible, el volumen total de gas recibido por comercializadores, considerándolos como una única entidad legal, es decir, no se deberán incluir los movimientos administrativos de gas.