10.1 C
Buenos Aires

El Ejecutivo pide “dictamen técnico” sobre fallo de retenciones

MÁS NOTICIAS


El gobierno solicitó un "dictamen técnico para evaluar el impacto" del fallo de inconstitucionalidad de La Corte sobre las retenciones a una empresa pesquera. Así lo reveló el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, al sostener que "los derechos de exportación se basan en una ley aprobada por el Congreso y una delegación de facultades reservadas para el Poder Ejecutivo".


"Hemos requerido los dictámenes correspondientes para evaluar el impacto", afirmó el funcionario sobre la medida dada la semana pasada por el Superior Tribunal de Justicia. Capitanich se expresó de este modo sobre la causa "Camaronera Patagónica S.A. c/ el Ministerio de Economía", sobre el cual la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de una resolución de la cartera de Economía e Infraestructura por la cual "se fijaron derechos de exportación (retenciones) a las mercaderías procesadas por una firma dedicada a la actividad pesquera".


"Los derechos de exportación oportunamente determinados se basan en una ley aprobada por el Congreso y una delegación de facultades estrictamente reservada para el Poder Ejecutivo, en consecuencia el fallo de la Corte no tiene incumbencia respecto a la aplicación efectiva de estos derechos de exportación", explicó el funcionario.

 

Además, indicó que "no obstante, hemos requerido a partir del fallo de la Corte un dictamen exhaustivo para determinar claramente los efectos del mismo", al sostener que el estudio fue solicitado "a las áreas correspondientes -para que emitan- dictamen técnico con análisis exhaustivo para evaluar el impacto de este fallo desde el punto de vista de la aplicación de los derechos de exportación".


En ese sentido, insistió en que "los derechos de exportación se han fijado oportunamente en la República Argentina con las atribuciones legales competentes" y "están correctamente aplicados". El voto de los jueces Lorenzetti, Fayt y Maqueda señaló que "las retenciones son tributos y que, de acuerdo a los artículos 4°, 17 y 52 de la Constitución Nacional, sólo el Congreso de la Nación puede crearlos".


Los magistrados "destacaron los ministros que esa limitación es propia del régimen representativo y republicano de gobierno y que ninguna carga tributaria puede exigirse a las personas si no ha sido creada por el Poder Legislativo, único poder del Estado investido de tal atribución.