La disposición que lleva la firma del ministro Hernán Lorenzino, será aplicable asimismo a las operaciones de empresas incluidas en anteriores resoluciones, de junio y julio pasado, que no hayan obtenido el cumplido de embarque.
En los considerandos de la medida se indica que, a requerimiento de las partes interesadas, se evaluaron las solicitudes formuladas por el sector exportador, "atento a la naturaleza o características de las operaciones detalladas en cada caso”.