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La Plata: extienden las prescripciones en las multas por infracciones de tránsito

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La nueva norma se adecúa a las resoluciones provinciales y nacionales y establece ahora que para las infracciones de tránsito, la sanción prescribirá a los dos años para una acción por falta leve y a los 5 años para la acción por falta grave y para sanciones, de acuerdo a lo informado en el portal Infocielo.

 

La Prescripción de la acción se interrumpe por la comisión de una nueva falta, por secuela del juicio o por el dictado de sentencia condenatoria aunque la misma no se encuentre firme. La prescripción de la pena se interrumpe por la comisión de una nueva falta o por secuela del juicio.

 

Así mismo para su labor, los funcionarios podrán requerir la exhibición de documentación y de la información que juzguen necesaria. Utilizar medios tecnológicos que coayuden a la detección o determinación de la falta.

 

Las sanciones

 

Además de las establecidas en las leyes nacionales y provinciales, el que estacione un vehículo en cualquiera de las formas que se establecen a continuación será sancionado con multa de 50 a 100 U.F. (Unidades Fijas que equivalen al precio mínimo de un litro de nafta especial), en Plazas, parques, ramblas, paseos o similares de acceso público. Sin dejarlo frenado. Empujando a otro vehículo para lograr su objetivo

 

Por cada vehículo expuesto para su venta en la vía pública, por los establecimientos industriales, comerciales o de servicio que posee o utilice los vehículos de cualquier tipo o cilindrada, para el ejercicio de su industria, comercio o servicio dejándolos estacionados en la vía pública. Quedando comprendidos dentro de esta disposición los vehículos de los particulares dados en cocheras, talleres para reparación o mejora y dejados estacionados en la vía pública. En los lugares que se establezca el estacionamiento medido, no contar con estacionamiento vigente.

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