El Gobierno nacional habilitó a la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y a la Fuerza Aérea Argentina para la tarea ante eventuales medidas de fuerza gremiales de los trabajadores de Intercargo o de Aerolíneas Argentinas.
La medida había sido solicitada por la empresa Intercargo cuando en oportunidad de la cumbre del G20 se registraron asambleas que pudieron poner en riesgo la prestación de los servicios de asistencia a las aeronaves que trasladaban a los mandatarios y sus delegaciones.
Sin embargo, la resolución 929/2018 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), publicada hoy en el Boletín Oficial, extiende esa autorización por “un plazo máximo de 30 días” y fundamenta su decisión en los considerandos de la medida indicando que “el Decreto N° 2.145 de fecha 20 de marzo de 1973 caracteriza a la actividad que se presta en los aeropuertos y aeródromos públicos, vinculada directa o indirectamente a la aeronavegación, como un servicio público esencial para la seguridad y desarrollo de la aviación civil, cuya responsabilidad está a cargo del Estado Nacional”.
Agrega el considerando que “a fin de garantizar la continuidad del servicio público, el Estado debe arbitrar todos los medios que resulten necesarios y conducentes, considerando las particulares circunstancias que presenta la realización de la Cumbre del G20”.
Además, alude que “es preciso implementar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los líderes mundiales que visitarán nuestro país en ocasión de la Cumbre mencionada” y que por esta razón “se autorizó al personal de la PSA y de la Fuerza Aérea Argentina (FAA) a la realización de operaciones en plataforma y servicio de rampa”.
Señala por otra parte que “la Gerencia de Recursos Humanos y Relaciones laborales de la Empresa Intercargo S.A.C con fecha 28 de noviembre de 2018, solicitó la ampliación del personal oportunamente autorizado y acompañó una nueva nómina de agentes”.
Ante esto la ANAC resolvió: autorizar “al personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y de la Fuerza Aérea Argentina (FAA) a desempeñar funciones en plataforma y prestar servicios de rampa, ante la presentación de circunstancias excepcionales que así lo requieran”.
El texto agrega que “la autorización se extiende por el plazo máximo de treinta (30) días contados a partir de la firma de la presente Resolución”.