El Gobierno nacional ha promulgado un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), destinado a “transformar la gestión de la Vía Navegable Troncal, eje crucial del transporte fluvial en Argentina”. Esta medida, identificada bajo el expediente EX-2024-55679690-APN-DGD#MTR, revoca disposiciones anteriores como los decretos N° 949/2020 y 556/2021, rediseñando el marco para la concesión y mantenimiento de esta infraestructura vital.
Según el nuevo DNU, la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, en coordinación con diversas entidades nacionales como la Secretaría de Transporte y la Administración General de Puertos Sociedad del Estado (AGPSE), estará a cargo de la licitación y adjudicación de concesiones y obras relacionadas.
El decreto también subraya el papel crucial del operador actual de la Hidrovía, resaltando su eficiencia en el contexto del comercio exterior argentino. La estabilidad operativa y económica de esta vía fluvial sugiere cautela al considerar cambios en los operadores.
El nuevo decreto introduce varias disposiciones:
- Derogación de Normativas Anteriores: Se eliminan los decretos N° 949/2020 y 556/2021, así como los artículos 3 y 4 del Decreto N° 427/21 que regulaban previamente la concesión y gestión de la vía navegable.
- Delegación de Facultades: La Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, será responsable de convocar y adjudicar licitaciones para la modernización, operación y mantenimiento de la vía, incluyendo tareas como señalización y dragado.
- Transición y Continuidad: Hasta la adjudicación de nuevos contratos de concesión, la AGPSE seguirá administrando la vía para garantizar la navegabilidad y los niveles de servicio actuales.
- Revisión de Contratos: Se instruye a la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables a revisar integralmente el contrato de concesión actual para simplificar su objeto y facilitar la ejecución de obras de mejora.
- Colaboración Interinstitucional: La Subsecretaría podrá solicitar la colaboración de otros organismos administrativos en la elaboración de pliegos y estudios técnicos y ambientales necesarios para la licitación.
- Control y Monitoreo: Actuará como órgano de control de las concesiones adjudicadas, asegurando la regularidad y eficiencia de los servicios prestados.
- Declaración de Servicio Público: Todas las actividades relacionadas con la navegabilidad de la Vía Navegable Troncal y otras vías navegables del país son declaradas de servicio público.
De esta forma, desde el Gobierno se plantearon como objetivo “mejorar la infraestructura y operación de la Vía Navegable Troncal”. Además, destacaron la urgencia de estas medidas para “garantizar la continuidad y calidad de los servicios, promoviendo una administración transparente y eficiente”.