El Senado de la Nación aprobó y giró a Diputados, un proyecto de ley que establece como objeto promover y garantizar la participación, el acceso, la conservación y el progreso de las mujeres y de las personas travestis, transexuales y transgénero en el sector.
La iniciativa modifica el artículo 40 de la ley 24.922 (Régimen Federal de Pesca) y dispone que la tripulación de los buques pesqueros deberá estar constituida por mujeres en un mínimo de un 30% y por personas travestis, transexuales y transgénero en un 1% como mínimo.
El proyecto establece que, para acceder al Régimen de Promoción establecido por esta ley, los empleadores deberán acreditar haber cumplido con los porcentajes establecidos para cada período, según las metas fijadas en proporción a los cupos laborales descriptos en el texto legal.
Se dispone que las empresas que acrediten el cumplimiento de las referidas metas establecidas podrán obtener un 50% en todas las contribuciones que las leyes nacionales imponen a cargo de los empleadores y el derecho al cómputo de una deducción especial en el impuesto a las Ganancias o sobre los capitales.
Los armadores de buques que cuenten con personal jerárquico de mujeres, travesti, transexual o transgénero tendrán derecho a una deducción especial en la determinación del impuesto a las Ganancias o sobre los capitales (a opción del contribuyente), equivalente al 100% de las retribuciones correspondientes a ese personal.