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El Gobierno reinstauró las tarifas aéreas mínimas para el cabotaje

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La medida surge tras un reclamo de los gremios aeronáuticos contra las low cost. El decreto presidencial también devuelve el monopolio de rampas a Intercargo y ordena que haya una “distribución igualitaria” entre las frecuencias de Aerolíneas al exterior y las de las líneas extranjeras.

Una nota publicada hoy por el diario Clarín brinda detalles de cómo “el Gobierno nacional decidió reinstaurar las bandas mínimas para el transporte aéreo de cabotaje, un sistema de precios que había perdido vigencia desde 2014”, explica y agrega que “durante la anterior administración K, cuando La Cámpora decidió no actualizarlas con la inflación, hasta que finalmente el gobierno de Macri terminó eliminándolas, como parte de los reclamos que entonces hacían las recién llegadas aerolíneas low cost”.

Y es que mediante el Decreto 879 publicado hoy viernes en el Boletín Oficial, el presidente Alberto Fernández, el Jefe de Ministros Juan Manzur y el Ministro de Transporte, Alexis Guerrera, firmaron la decisión de que en un plazo “no mayor a 180 días”, la cartera de Transporte aplique nuevas tarifas máximas y, también, “la conformación de un sistema de bandas tarifarias para ser aplicada a los servicios internos regulares de transporte aerocomercial”.

La implementación de bandas tarifarias mínimas consiste en poner tope a la expansión comercial de las dos únicas aerolíneas que hoy ofrecen competencia a Aerolíneas Argentinas en el mercado interno: las “low cost” JetSmart y Flybondi, las cuales habían llegado al país a partir de 2017, durante la administración anterior, con la premisa de competir en la franja de los precios mínimos.

En este sentido, dos días antes de que se conociera el Decreto 879, Juan Pablo Brey, secretario General del sindicato Aeronavegantes, hizo hincapié en su dircurso de fin de año sobre “ la necesidad de debatir la industria Aeronáutica que viene”, poniendo foco en esta temática, entre otras que según remarcó el sindicalista son necesarias para el “despegue para la industria”.

Intercargo

El decreto publicado, también devuelve en los hechos el monopolio del servicio de rampas a la empresa estatal Intercargo. Además la norma firmada por el presidente , le pone límites a futuro a las frecuencias de las aerolíneas extranjeras: establece que regirá el principio de “distribución igualitaria” de las frecuencias. La nueva norma aclara que ese principio está sujeto a “acuerdos bilaterales” previos, de modo que aplicaría para regular no tanto la actividad actual de las aerolíneas extranjeras, pero sí la llegada de nuevos operadores.

Otro decreto publicado este viernes el número 877, con las mismas firmas, establece además que deberá ser “reglamentado” el Código Aeronáutico argentino, en lo que se refiere al régimen de actividad y de descansos de los pilotos y tripulantes de a bordo de Aerolíneas Argentinas y las otras líneas aéreas basada en el país.

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